Accidente de Trayecto: Conoce tus Derechos y Obligaciones

Según la Ley 16.744, son accidentes de trayecto aquellos que ocurren en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo, así como los que suceden en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo de distintos empleadores. La expresión «trayecto directo» implica que el recorrido sea racional y no interrumpido ni desviado por razones personales.
Si sufres un accidente de trayecto, debes buscar atención médica si es necesario, informar a tu empleador lo antes posible y presentar pruebas del accidente como parte policial, testigos o tu propia declaración detallada. Tu empleador debe denunciar el accidente a la mutualidad o ISL dentro de 24 horas.
La mutualidad o ISL evaluará los antecedentes y emitirá una resolución de calificación del origen del accidente. Si se acoge como de trayecto, tendrás derecho a las prestaciones médicas y económicas

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